Free Web Hosting Provider - Web Hosting - E-commerce - High Speed Internet - Free Web Page
Search the Web

 

Apertura de Calles

 
  recuperación de la calle Pilcomayo  

La ordenanza 44520 (Boletín Municipal Nº 18.882) del año 1990 define la apertura de algunas de las calles transversales a Irala, entre ellas Pilcomayo. Sin embargo en 1994 el ONABE ( Organismo Nacional de Administración de Bienes del Estado ) vendió el predio a Privados que lo explotan como Depósito Fiscal,  incluyendo la traza de la calle.

La empresa Defiba S.A. instaló la balanza para camiones en plena  la calle y cerró el acceso con un portón y guardias de seguridad (ver fotos ) pese a la oposición de los vecinos.

Los tóxicos a la vista de todos

ir al informe de la inspección municipal Inspección realizada por la Dirección General de la Calidad Ambiental el 7/9/2000 e informado a la Subsecretaría de Medio Ambiente el 18/9/2000.
La perseverancia de la Comisión de Vecinal  en recuperar la calle pública fue tal, que Obras Públicas del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires,  comenzó los trabajos de apertura en octubre de 2003.  En tiempo récord realizó la mitad de la calle.      La  mitad faltante,  que es en donde se encuentra  la balanza,  la seguimos  esperando desde entonces.   El tramo abierto no posee  señales  viales, demarcaciones  ni iluminación por lo cual estamos generando las acciones  correspondientes

Propuesta para las aperturas de las calles 

Las aperturas previstas por la ordenanza del año 90 hoy plantean dificultades técnicas y jurídicas. Las calles aprobadas por la norma 44.520, son Pilcomayo, Pi y Margall, Wenceslao Villafañe y calle sin Nº oficial lateral a viaducto ferroviario.

El  31  de Julio de 2003, al firmarse el convenio de Tenencia Precaria, se deja constancia de la imposibilidad técnica de la apertura de Wenceslao Villafañe  para no dificultar la doble vía de transferencia ferroviaria. Por esto se corre dicha apertura a Aristóbulo del Valle, generando el conflicto con el Club Boca Jr., que utiliza la mencionada calle como acceso al estadio.

 

En octubre de 2003 reiteramos nuestro reclamo de continuar con las obras comenzadas (Pilcomayo) con la misma celeridad anterior a la última elección, la exigencia  de acordar el tipo de aperturas previstas con las necesarias y la urgente señalización del tramo correspondiente a Pilcomayo a fin de prevenir accidentes.

El reclamo y las propuestas ya habían sido presentadas al Ing. Abel Fatala.

En cuanto a la calle lateral a viaducto ferroviario entendemos que no facilita ningún tipo de comunicación con el resto de la zona, dado que la conexión que se reclama es transversal a las vías, y su construcción solo restaría superficie permeable y estaría habilitando la posibilidad de otros usos para ese sector, que no son los reclamados de parque público de acceso irrestricto.

Dicha sospecha se vió corroborada en la reunión sostenida el día 15 de enero con el Arq. Eduardo Faierman y la Arq. Maria Alejandra Gonzalez, quienes expresaron a los vecinos la opinión de la Secretaría de Planeamiento Urbano, que no es otra que la de pretender la cesión definitiva de esos predios para poder construir, aludiendo al déficit habitacional y eludiendo la cuestión ambiental y la carencia de espacios verdes de toda la ciudad.

De más está recordar que La Boca merece la renovación de su trama edificada y que la gente se integre a la ciudad como vecinos, y no como habitantes de complejos habitacionales que los signan e irremediablemente los expulsan, como sucede históricamente con los complejos en torres o monoblocks.

Resumiendo las objeciones y propuestas que hacemos a las aperturas de las calles son:

No a la calle curva:  existe otra calle lateral a las vías del lado de la Av Alte. Brown, de este lado la misma función la cumple Irala por pocos metros y es necesario conservar permeabilidad.

Puente peatonal: incorporar con ese ahorro la construcción de un puente peatonal con acceso por rampas para atravesar las vías en la continuación de la calle Gualeguay.

Paso a nivel: posibilitar un paso a nivel en la intersección de Pi y Margall-Tomas LIberti con Martín Rodriguez.

Con esto estaríamos garantizando toda la conectividad de la zona, el parque adquiriría un aspecto mas compacto y su recorrido sería continuo, sin interrupciones injustificadas.

La implementación de este primer parque público para La Boca solo cubre una pequeña parte de la imperiosa necesidad que tiene nuestra ciudad de contar con áreas forestadas, superficies permeables, mayor conectividad urbana y zonas de recreación.

En el marco del diseño participativo fue presentada y aceptada esta propuesta para recuperar la conectividad barrial.

RESOLUCIÓN N° 1.469
Modifica el Decreto – Ordenanza N° 10.407/47, sobre sentido de circulación en distintas arterias

Buenos Aires, 29 de diciembre de 2004.

Visto el Expediente N° 74.348/04, y
CONSIDERANDO:
Que resulta conveniente la asignación de sentidos únicos de circulación a las nuevas arterias que bordean el Barrio Irala, aún sin la asignación de nombres oficiales, a fin de facilitar la circulación del sector y minimizar los eventuales puntos de conflicto y las actuales situaciones de inseguridad;
Que se tiene prevista la apertura del paso a nivel de la calle Aristóbulo del Valle y las vías de carga de Ferrosur S. A. en cuyo caso, desde el punto de vista circulatorio, resulta oportuno continuar la mano única de esa calle hasta Cnel. de Marina Tomás Espora (paralela a las vías) y por ésta hasta Av. Alte. Brown;
Que, asimismo, es conveniente establecer un sentido rotatorio a las calles adyacentes al Barrio Irala, generándose así una circulación más fluida y evitándose extensos derroteros a los frentistas del Barrio mencionado;
Por ello, conforme por las facultades otorgadas por la Ley N° 217 (B.O.C.B.A. N° 760) y la delegación prevista en el artículo 1° del Decreto N° 515-GCBA/00 (B.O.C.B.A. N° 926),

EL SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA Y PLANEAMIENTO RESUELVE:

Artículo 1° - Inclúyase en las disposiciones del Decreto Ordenanza N° 10.407/47 (B.M. N° 8.174), texto ordenado de las arterias con sentido único de circulación, con carácter experimental y evaluativo, por el término de noventa (90) días corridos a partir de su vigencia, asignándoles mano única a los tramos de arterias que se indican:
Calles sin nombre oficial que bordean el Barrio Irala:
Prolongación de Pilcomayo: desde calle sin nombre oficial hasta Irala, de este a oeste.
Prolongación de Pi y Margall: desde Irala hasta calle sin nombre oficial de oeste a este.
Calle sin nombre oficial: desde prolongación de Pi y Margall hasta prolongación de Pilcomayo de sur a norte.
Luego de la apertura del paso a nivel en la continuación de la calle Aristóbulo del Valle, también tendrán mano única los tramos de arterias que se indican:
Aristóbulo del Valle: desde Irala hasta prolongación de Cnel. de Marina Tomás Espora de oeste a este.
Prolongación de Cnel. de Marina Tomás Espora: desde Aristóbulo del Valle hasta Wenceslao Villafañe de sur a norte.
Cnel. de Marina Tomás Espora: desde Wenceslao Villafañe hasta avenida Almirante Brown de sur a norte.
Las modificaciones indicadas se grafican en el Anexo I que a todos sus efectos forma parte integrante de esta Resolución.
Artículo 2° - Las medidas dispuestas requieren la instalación del pertinente señalamiento vertical, que proyectará y realizará la Dirección General de Tránsito y Transporte, la que fijará mediante el dictado de Disposición, la fecha y hora de su vigencia.
Artículo 3° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires dentro del término fijado por el artículo 2° de la Ley N° 217, gírese copia certificada a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos y Legislativos, comuníquese a la Subsecretaría de Tránsito y Transporte y remítase a la Dirección General de Tránsito y Transporte que la comunicará a la Policía Federal Argentina, y al Centro de Gestión y Participación N° 3.
Feletti.

 

 volver al principal